En menos de 24 horas la Comisión de Estupefacientes de la ONU votará sobre seis recomendaciones que realizó la Organización Mundial de la Salud a propósito de la clasificación internacional del cannabis. De aprobarse las recomendaciones, el uso del cannabis medicinal pasaría a estar menos restringido según el derecho internacional y los países tendrían más libertad para emprender regulaciones sobre su uso.
La clasificación del cannabis en las listas internacionales de drogas restringidas es compleja: El cannabis está en la Lista I y en la Lista IV de la Convención Internacional de 1961, y además el THC sintético y el THC natural están en dos listas de la Convención de 1971. Las recomendaciones de la OMS son: eliminar el cannabis de la Lista IV de 1961 (la más restrictiva), y las “tinturas” y “preparados” a base de cannabis de la Lista 1 de 1961. También se recomendó sacar todo el THC de la Convención de 1971 y pasarlo a la Convención de 1961, e incluir en la Lista 3 de esta convención algunos preparados de cannabis —esta lista es la menos restrictiva de las nombradas.


